El candidato-Presidente Rafael Correa reiteró en su última sabatina que se considera "Jefe del Estado"; y por ende, cabeza de todas las funciones en que la Constitución divide al Estado.
Semejante reafirmación la hizo pretendiendo refutar una apreciación de Osvaldo Hurtado, quien durante una entrevista con Alfredo Pinoargote (Ecuavisa), tomó como referencia un video en el que Correa aparece haciendo esa aseveración, para concluir que al no respetar la división de poderes que la Carta Política prescribe, Correa reconoce que ejerce su gobierno como dictador.
Yo me quedé estupefacto ante lo que el candidato-Presidente aseguraba. Porque al principio -cuando lo dijo originalmente- pensé que se trataba de uno de sus ex abruptos; o, por lo menos, de una confusión momentánea sobre lo que significa el ejercicio del poder que el pueblo mayoritariamente le ha confiado. Y no ha sido así.
Correa está convencido que por ser Jefe del Estado, todas las demás funciones le están subordinadas. Así interpreta el artículo 141 de la Constitución. Pero su interpretación es equivocada. O por lo menos está descontextualizada del mandato constitucional. Veamos:
La calificación de Jefe del Estado que tradicionalmente las Constituciones han dado al Presidente de la República, en dualidad con la de Jefe del Gobierno, tiene un fin fundamentalmente ceremonial. El Jefe del Estado es el que representa al Estado ecuatoriano; y como tal, tiene prelación en los actos protocolarios. Por ejemplo, la acreditación de embajadores se hace ante el Presidente de la República, bajo el entendido que cumpliendo este acto protocolario, el Estado los reconoce como representantes de gobiernos amigos.
El candidato-Presidente ha dicho que el primer inciso del artículo 141 lo hace responsable de la administración pública. Eso es cierto, pero en derecho administrativo equivale a reconocer el Principio de que se delega la función y no la responsabilidad. Esto es válido en el ámbito de la competencia del Presidente, como jefe de la Función Ejecutiva; es decir, como Jefe del Gobierno. En ciertas monarquías europeas, por ejemplo, el Jefe del Estado es el Rey y el Jefe del Gobierno el Primer Ministro. O en los regímenes parlamentarios, el Presidente de la República es el Jefe del Estado y el que maneja la administración es el Primer Ministro.
Pero hay un argumento fundamental que echa por tierra la pretensión presidencial, al menos en teoría: el sistema de gobierno de Ecuador es republicano. Y si algo caracteriza a una República, es la división de poderes. Y que no hay funcionario público exento de responsabilidad.
Entonces Hurtado tiene razón. Si el Presidente-candidato cándidamente se proclama Jefe del Estado y por ende considera que todas las funciones del Estado le están subordinadas, es simple y llanamente dictador. No hay más.
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